En virtud de las reformas a los artículos 131 y 263 de la Ley de Compañías introducidas por la Ley de Modernización de la Ley de Compañías promulgada en diciembre de 2020, se ha establecido que es obligación del representante legal de las compañías de responsabilidad limitada y anónimas, presentar a la autoridad tributaria nacional, en enero de cada año, la nómina de las compañías o personas jurídicas extranjeras que figuraren como socias suyas, con indicación de los nombres, nacionalidades y domicilios correspondientes, junto con fotocopias notariadas de las certificaciones de existencia legal en el país y de la lista completa de los socios o accionistas de la sociedad extranjera y de sus integrantes hasta identificar a la correspondiente persona natural.
Antes de estas reformas esta obligación se la cumplía, presentando dicha información a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de su portal web, sin embargo, de conformidad ahora se deberá presentar ante la autoridad tributaria nacional, es decir, ante el Servicio de Rentas Internas (SRI).
El SRI emitió una resolución, por la cual estableció que las sociedades obligadas a presentar en el mes de enero de 2021 la información y documentación señalada, hasta el 31 de enero de 2021, lo harán por única y última vez, utilizando el portal web de la Superintendencia de Compañías www.supercias.gob.ec

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